25 March, 2015

Crónica de los negocios ruidosos en Metepec

un ejemplo de negocios ruidosos en metepec

 

¿Quién podría quejarse de la generación de actividad económica en nuestras colonias o municipio?

De alguna manera la actividad beneficia a todos de manera directa o indirecta, pero los problemas comienzan cuando no se respeta un reglamento/ley o simple sentido común.

Es constante la forma en la que las autoridades del municipio “omiten” revisiones para otorgar o renovar permisos a MUCHOS negocios que por el simple hecho de estar en zonas habitacionales no deberían existir, por algo se creo esta división territorial, uso de suelo para dejarlo claro.

Pero pongamos ejemplos:

Tu vecino de toda la vida decide hacer parte de su CASA- HABITACIÓN el típico local para uso personal o renta. Podría (y como muchos lo hacen) abrir cualquier tipo de negocio y sin pedir licencia ya que por supuesto sería negada debido al uso de suelo de la zona donde lo está abriendo, entre vecinos no abría problema ¿qué mal podría causar una tiendita? ¿qué mal podría generar una pastelería? Es menester de las autoridades verificar si tuvieron permiso para hacer dicho local o construcción y saber si es legal, pero como no causa mal a nadie y la autoridad no vigila pues nadie se queja y todos contentos.

Pero si ese negocio lo hicieran un gimnasio, un antro, un bar, cantina y tuvieras ruido excesivo ¿no te quejarías? Un día largo de trabajo y la música a todo volumen en la ventana de tu cuarto, destroza los nervios de cualquiera.

Eso es lo que Medio Ambiente, Desarrollo Económico y Normatividad, todos ellos de Metepec debería auditar en cada negocio, pero NO lo hacen por razones que no entendemos. Para ejemplo podríamos tomar la Av. Clouthier al menos 5 lugares “de ejercicio” en casa habitación y la autoridad brilla por su ausencia.

Olvidemos por un momento el uso de suelo, supongamos que como dicen los de Desarrollo Económico “la persona puede hacer lo que quiera en su propiedad” (que grave no?) y nos vamos a la normativa que se requiere para abrir un negocio.

En primer lugar tenemos:

ARTÍCULO 131. Los establecimientos comerciales que en razón de su giro, actividad o servicio pretendan contar con música en vivo, estereofónica, acústica o cualquiera que sea su naturaleza, para la obtención y renovación de su autorización, licencia o permiso deberán contar con el dictamen técnico y visto bueno favorable de la Dirección de Medio Ambiente sobre niveles permitidos de emisiones sonoras.

 

Deberán cumplir con los límites permisibles para las emisiones sonoras, los cuales se determinan en función de los decibeles ponderados en A[db(A)], sin importar los permitidos de acuerdo con su giro.

 

Es obligación de las y los titulares de los establecimientos instalar sistemas visibles de la exposición de decibeles que emite el lugar, además de contar con aislantes de sonido que no pongan en riesgo la seguridad de los usuarios o de terceros.

Esto significa que LA AUTORIDAD DEBE VERIFICAR que el establecimiento cumpla con dichas normas, y les preguntamos ¿Aquel establecimiento ruidoso que tienes cerca de tu casa siquiera tiene permiso, y si lo tienen cumple con estas normas?

Te aseguramos que no y eso es omisión de parte de Normatividad de Metepec.

Este ejemplo lo tenemos en un predio ubicado en la colonia Izcalli VI en donde vecinos de la Av Duraznos, 1ª cerrada de fresa y Fraccionamiento Rincón Colonial se han visto afectados por un “vecino” que decidió abrir su negocio ruidoso sin permiso, sin adecuaciones.

A principios de año nos llegaron múltiples quejas de este caso pero era imposible publicarlo debido a la falta siquiera de una visita de la autoridad, la cual sucedió el 18 de febrero (adjuntamos la imagen) en donde se levantó una amonestación, tristemente fue por falta de permiso y no por el ruido generado.

un ejemplo de negocios ruidosos en metepec

A pesar de ello el establecimiento, sin importarle las normas a seguir y por supuesto ignorando a la autoridad decidió seguir abriendo y por supuesto con ruido excesivo, se tomaron mediciones de los vecinos en cuanto a decibeles y llegaban a 160, siendo los permitidos 60.

Los ciudadanos afectados (entendamos que se viven los tiempos de redes sociales) levantaron quejas vía Twitter y Facebook, y las autoridades respondían: “levanta denuncia” ¿Qué acaso no pueden verificar sin una denuncia, no es su trabajo? Nos encanta la burocracia. Además los vecinos no lo hacen de manera personal con el dueño del lugar ya que en la primer visita que hizo la autoridad (Normatividad Metepec) los funcionarios fueron amenazados a tal grado que tuvo que acudir Policía Metepec, y seguimos omitiendo !

respuesta autoridad metepec

Ante las quejas Normatividad decidió visitar por 3ª vez el citado lugar y por fin lo clausuraron (adjuntamos imagen) nuevamente por falta de permiso y no por el ruido. Debería quedarles claro que los vecinos no estaban en contra de la actividad comercial, sino de la afectación a su día a día por ruido.

negocios ruidosos metepec

6 días después los sellos de clausura fueron quitados y al parecer a pesar de incumplir con todo lo relativo al ruido el negocio seguramente obtuvo permiso temporal, y hasta el día de hoy ni Normatividad, ni Desarrollo Económico y mucho menos Medio Ambiente han dado un comunicado del porque a pesar de que el negocio sigue igual en cuanto a cero adecuaciones para el ruido, hoy en día ya no tiene sellos de clausura.

Repetimos, si ya nos acostumbramos a que en nuestro municipio se otorgan permisos de uso de suelo o cambios al por mayor por lo menos que respeten el bando municipal.

Sería bueno recordarles que además del artículo 131 se tiene el Plan Municipal de Desarrollo Urbano que es otro de los instrumentos que puede usar la autoridad, por ejemplo, para determinar las normas de ocupación máxima y los lugares de estacionamiento necesarios.

¿Desarrollo Urbano habrá venido a verificar si el inmueble cumple con la intensidad máxima de construcción, área mínima libre que se requiere por normatividad?

Para concluir el artículo 120 de nuestro bando menciona lo siguiente:

Todos los establecimientos comerciales, industriales, profesionales o de servicios públicos o privados deberán contar con servicio de estacionamiento con cajones preferentes para uso exclusivo de mujeres embarazadas y personas con discapacidad, quedando prohibido el estacionamiento de vehículos en la vía pública, además de cumplir con los requisitos previstos en los instrumentos, leyes y reglamentos aplicables.

Por supuesto este lugar no tiene mas que calle para estacionamiento.

Esperemos que las autoridades hagan lo correspondiente y marquen un precedente en hacer cumplir la ley, que además de ser su trabajo, es necesario para la sana convivencia y respeto de los vecinos.

Además en verdad cumplir lo siguiente:

gestion metepec

 Y cumplan la Ley de Competitividad y Regulación de Unidades Económicas y está dirigida a establecimientos comerciales de BAJO impacto que comenzaron a operar antes del 2012.

De nada sirve abrir negocios al vapor si los requisitos básicos no se cumplen

negocios metepec

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